El aterrizaje de las promesas políticas de los parlamentarios Bianchi y Morales a la realidad del cuestionado proyecto de ley

Respecto al proyecto de ley que *Establece incentivos tributarios para la producción de hidrógeno verde y sus derivados*

Resulta necesario poder mencionar las siguientes consideraciones:

1) Que, el proyecto de Ley Boletín N°17777-05 titulado «Establece incentivos tributario para la producción de hidrógeno verde y sus derivados», no hace mención en ninguno de sus textos normativos a la Ley N°19.275; Ley FONDEMA.

2) Que, resulta imposible poder atribuir al proyecto de ley de incentivo tributario para la producción de hidrógeno verde y sus derivados, nuevas disposiciones de financiamiento para la Ley N°19.275; Ley FONDEMA.

3) Que, el proyecto de ley ingresado por el ejecutivo a la honorable Cámara de Diputados no contiene disposiciones normativas que permitan el pago directo de tributos de empresas productoras de hidrógeno verde y sus derivados, al Gobierno Regional de Magallanes y la Antártica Chilena.

4) Que, el proyecto de ley establece un financiamiento de 2800 millones de dólares para el impuesto de primera categoría destinado a empresas que mantengan operaciones de producción de hidrógeno verde en todas las regiones del país con excepción de aquellas que operen en la región de Magallanes.

5) Que, según la legislación tributaria vigente en Chile, las empresas que se encuentran afectas al impuesto de primera categoría deben pagar el equivalente al 27% de sus ingresos provenientes de la actividad empresarial.

6) Que, el fondo de financiamiento de 2800 millones de dólares de incentivo tributario para empresas gravadas con impuesto de primera categoría se licitarán en seis procesos entre los años (2025-2030) y, podrán ser adjudicados por  el futuro comité de asignación y cumplimiento de beneficios de hidrógeno verde.

7) Que, las empresas que se establezcan en la región de Magallanes y la Antártica chilena quedarán exentas del impuesto de primera categoría.

8) Que, el proyecto de ley pretende unificar el tratamiento tributario existente en la región de Magallanes y de la Antártica chilena para las empresas de producción de hidrógeno verde y sus derivados, estableciendo una Zona Franca en toda la región de Magallanes.

9) Que, la empresas que se establezcan en la región de Magallanes y la Antártica chilena para la producción de hidrógeno verde y sus derivados, podrán solicitar exención de IVA por importación de capital.

10) Que, las empresas de producción de hidrógeno verde y sus derivados que operen en la región de Magallanes estarán afectas en forma integra al impuesto adicional del 35% a las remesas de utilidades que se efectúen al exterior, sin posibilidad de poder optar a créditos de descuento por encontrarse las empresas productoras de  hidrógeno verde y sus derivados  exentas del impuesto de primera categoría.

11) Que, las empresas de producción de hidrógeno verde y sus derivados, deberán pagar en forma anticipada la contribución regional establecida en el artículo trigesimo segundo de la ley N°21.210, sobre modernización tributaria. El pago se debe efectuar al mes siguiente de haber obtenido la resolución de calificación ambiental del proyecto de inversión (Modificación legislativa a la Ley N°21.210).

12) Que, de acuerdo a la legislación tributaria vigente en Chile el pago de la contribución regional ingresa como una renta general al tesoro público y, posteriormente es distribuida de acuerdo a presupuesto de la nación según las disposiciones establecidas en la ley de modernización tributaria.

13) Que, el proyecto de ley presentado por ejecutivo no presenta ningún antecedente en su contenido de indicaciones de equipos expertos de la biblioteca del congreso nacional ni de parlamentarios.

14) Que, el proyecto de ley que establece incentivos tributarios para la producción de hidrógeno verde y sus derivados no ha tenido tramitación legislativa y, por lo tanto, no contiene ninguna incorporación de iniciativa parlamentaria.

Todos los antecedentes expuestos anteriormente han sido elaborados y debidamente analizados en conformidad a la normativa legal vigente y, al proyecto de Ley Boletín N°17777-05 ingresado por el ejecutivo al Congreso Nacional el pasado 16 de Noviembre del año en curso.

 *Equipo de campaña candidato a diputado Rodrigo Utz Contreras*

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